Pensión alimenticia

Cuantificación en caso de rebeldía procesal del progenitor

Pensión alimenticia

En procedimiento de divorcio, se atribuyó a la madre la guarda y custodia del hijo menor común, pero se dejó en suspenso la contribución del padre a los alimentos, debido al desconocimiento de sus ingresos. El padre fue declarado en rebeldía procesal debido a su ausencia y falta de información sobre su capacidad económica.

Recurrida la sentencia, la Audiencia estableció una pensión alimenticia del 10% de los ingresos del padre. Sin embargo, la madre recurre en casación solicitando una cuantificación concreta de 200 euros mensuales.

El Tribunal destaca la obligación de fijar una cantidad líquida suficiente para satisfacer las necesidades del menor, incluso en casos de desconocimiento de la capacidad económica del progenitor, debido a su conducta elusiva. Por ello, decide fijar la pensión alimenticia en 200 euros mensuales, a devengarse desde la fecha de la demanda, y actualizable conforme al IPC.

Esta sentencia, que resuelve un procedimiento de medidas paternofiliales, se fundamenta en la jurisprudencia previa y en la doctrina del mínimo vital, que busca asegurar la protección de los alimentos de los hijos menores, incluso ante dificultades económicas o situaciones de rebeldía procesal del progenitor.

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